De las Asignaciones Familiares


Procedimiento D14
Todo el personal docente, administrativo, o auxiliar tendrá derecho a percibir los subsidios por: matrimonio, prenatalidad, nacimiento, adopción, salario familiar y ayuda escolar que el Estado fije conforme a las normas vigentes.

Documentación a presentar

a) Por Nacimiento
• Formulario de declaración jurada D14a provisto por Consejo Escolar. • Acta de matrimonio (copia), si existiera. • Certificado de nacimiento (copia) • Situación laboral del cónyuge (formulario D14a provisto por Consejo Escolar). • Fotocopia del último COULI. • Los docentes provisionales y suplentes deberán contar con una antigüedad de seis meses para percibir este beneficio.

Nota: Si trabaja en relación de dependencia, constancia del empleo donde aclare si está adherido al Sistema único de asignaciones familiares (SUAF). Si no trabaja en relación de dependencia deberá adjuntar constancia de aportes a la caja de jubilaciones. En caso de encontrarse desocupado, deberá acreditar tal circunstancia. (Si tiene subsidio, presentar la constancia de Anses, o la copia de comprobante bancario de cobro de subsidio de desempleo. En caso de no contar con esta documentación, presentar la acreditación ante autoridad local competente).

b) Por Matrimonio
• Formulario de la declaración jurada D14a provisto por Consejo Escolar. • Copia de certificado de matrimonio. • Copia del último COULI. • Los docentes provisionales y suplentes deberán contar con una antigüedad de seis meses para percibir este beneficio.

c) Por Prenatal
El trámite deberá ser presentado a partir del 3° mes de embarazo.
• Formulario de declaración jurada D14a provisto por el Consejo Escolar. • Certificado médico en original con la fecha probable de parto y la fecha de última menstruación. • Fotocopia del último COULI. • Si el solicitante es un hombre, adjuntar: acta de matrimonio (copia), si existiera. Si estuvieran conviviendo, adjuntar copia del carnet de IOMA donde figure la concubina a cargo del agente. • Autorización de la esposa. Si la esposa no trabaja, situación laboral acreditada por autoridad local competente.

d) Por Adopción
• Formulario de declaración jurada D14a provisto por Consejo Escolar. • Acta de matrimonio (copia), si existiera. • Certificado de nacimiento donde conste la anotación marginal de la sentencia de adopción, con el cambio de apellido y/o nombres (copia). • Sentencia de adopción (copia). • Situación laboral del cónyuge (formulario D14a provisto por Consejo Escolar). Ídem “Nota” por Nacimiento. • Si el solicitante es hombre, adjuntar: autorización de la madre adoptante. Si la esposa no trabaja, ídem anterior por Prenatal.

e) Por Salario familiar (alta)
Sólo se cobrará hasta el mes en que el hijo cumple los 18 años. Una vez cumplida esta edad, se deja de percibir. Solo se cobrará si el agente trabaja 15 días continuos en cada mes. Deberá presentar:
• Formulario de Declaración jurada D14a provisto por el Consejo Escolar. • Acta de matrimonio (copia), si existiera. • Certificado de nacimiento (copia). • En caso de que el hijo tenga alguna discapacidad, adjuntar formulario de discapacidad, emitido por el Ministerio de Salud Pública de la jurisdicción a la que pertenezca, u organismo equivalente. • Situación laboral del esposo o padre de los menores (formulario D14a provisto por Consejo Escolar). Ídem anterior. • Certificado de escolaridad del o los hijos en formulario entregado por Consejo Escolar D14b. • Si el agente fuera divorciado, adjuntar copia del fallo donde conste quién posee la tenencia del menor. • Si fuera separada de hecho, adjuntará original de información sumaria ante la autoridad local competente, indicando la fecha de separación y la tenencia de los menores. • Si el solicitante es hombre, adjuntar: Autorización de la esposa D14c. Si la esposa no trabaja, ídem anterior. • Copia del último COULI.

f) Por Ayuda escolar
Todos los años, en el mes de abril, se lleva a cabo el relevamiento de escolaridad. Para ello, el docente presentará estas certificaciones.
• Certificado de escolaridad (formulario D14b provisto por el Consejo Escolar). • Copia del COULI correspondiente al mes de febrero y marzo.
Toda la documentación se presenta por duplicado ante Consejo Escolar. Solo se cobrará si el agente se encuentra trabajando en el mes de marzo.


Todos los trámites se realizan por la escuela, se encarga la Secretaría o Dirección.